La responsabilidad patrimonial del estado por la quiebra de las radiales en un problema muy grave que heredará el próximo gobierno. El concepto de la responsabilidad en materia de concesiones lo analizamos en la guía práctica inmoley.com de la obra pública. Se reforma la normativa de contratación pública y se reguña a futuro el caso de las autopistas de peaje en quiebra, donde la responsabilidad patrimonial de la administración RPA será de 4.500 millones si las ocho concesiones afectadas llegan a entrar en liquidación. Anteproyecto de Ley de Contratos del Sector Público y de Contratos en los sectores específicos del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
Se incorpora una nueva regulación, más equilibrada, de la regulación de la responsabilidad patrimonial aplicable a las concesiones. En la normativa actual, si hay un resolución de la concesión, sea cual sea su causa, la Administración debe abonar al concesionario las inversiones que ha realizado. Con la nueva normativa, si la resolución se produce por una causa imputable al contratista, como ocurre en los casos de insolvencia o concurso de acreedores, la indemnización se determina por el valor de mercado de la concesión. Este nuevo régimen incentivará que se produzca un cálculo riguroso de las inversiones necesarias en la concesión y una mejor gestión, ya que el concesionario, si la resolución le es imputable, ya no tendrá garantizada la recuperación de la inversión.
Para mejorar la gobernanza en esta materia, se crea en el seno de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado un Comité de Cooperación, en el que participarán Comunidades Autónomas y Entidades Locales, que será un órgano de encuentro, cooperación y unificación de criterio, así como de recopilación de información para elaborar el informe de supervisión que debe remitirse cada tres años a la Comisión Europea.
Otro de los aspectos que cambia este anteproyecto es la regulación de la responsabilidad patrimonial de la Administración (RPA) aplicable a las concesiones, mayoritariamente de infraestructuras. En el marco actual, cuando se produce la resolución de una concesión, sea cual sea su causa, la Administración debe abonar al concesionario las inversiones que ha realizado.
Con la nueva norma, si la resolución se produce por una causa imputable al contratista, como en los casos de insolvencia, la indemnización se determinará por el valor de mercado de la concesión. Con este nuevo régimen se pretende incentivar que se produzca un cálculo lo más riguroso posible de las inversiones necesarias para la concesión y una mejor gestión de la misma.
Según explicó Sáenz de Santamaría, el cálculo de la RPA tendrá que ver con el precio que pague un nuevo concesionario después de que el activo que revierte anticipadamente a la Administración vuelva a salir a concurso: “Ese es el precio real”, apuntó. El segundo método de cálculo se basa en el flujo de caja generado en los tres últimos años y las estimaciones hasta el final del plazo de explotación.
El resultado final supone un fuerte ahorro para el Estado ante la caída de concesiones, lo que le blinda ante nuevas quiebras de concesionarias, ya que la nueva ley no se aplicará con carácter retroactivo. El Ejecutivo promueve este cambio a la vista del fiasco de las autopistas de peaje en quiebra, donde la RPA asciende a 4.500 millones si las ocho concesiones afectadas entran en liquidación.
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