miércoles, 1 de abril de 2015

Las autopistas de peaje no serán resarcidas por la caída del tráfico

Un camión circula por la autopista AP-68 a su paso por Tudela NURIA G. LANDA

Las autopistas de peaje en riesgo de quiebra no serán resarcidas por la caída del tráfico que han sufrido desde el inicio de su explotación. Así lo ha sentenciado el Tribunal Supremo, que considera que "la merma de flujos de vehículos no constituye un riesgo imprevisible". En lo que va de año, sin embargo, el uso de esas vías ha crecido un 2,6%.

En su fallo, los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo advierten de que las empresas concesionarias debían haber considerado tal posibilidad cuando acudieron al concurso público y, por lo tanto, haberse asegurado por contrato alguna compensación por parte de la Administración. Tampoco se incorporó un "nivel concreto de ingresos para la continuidad de tal vínculo", por lo que estamos sólo ante una "mera expectativa".

Apuntan así al principio legal de riesgo y ventura del contratista, que introduce el criterio de "aleatoriedad" en sus previsiones de negocio y no le libera de los pactos suscritos.

Por ello, rechazan en última instancia los recursos presentados por la sociedad Acceso de Madrid, participada por Abertis, Sacyr y ACS. Es la concesionaria de las radiales R3 y R5, ya en concurso de acreedores y para la que el Ministerio de Fomento ha presentado formalmente su plan de rescate, con una quita del 50% en los 4.500 millones que arrastran en su pasivo las ocho autopistas de peaje en quiebra técnica.


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