miércoles, 18 de febrero de 2015

Bruselas alerta sobre las autopistas en concurso de acreedores

GABRIEL SANZ

La semana pasada la Comisión Europea (CE) publicó sus previsiones económicas de invierno. Sobre la economía española, Bruselas eleva en seis décimas su previsión de crecimiento para este ejercicio, hasta el 2,3% del PIB, y en tres décimas las de 2016, hasta el 2,5%. Añade que este crecimiento podría ser mayor debido al impacto de la operación de compra de deuda anunciada por el Banco Central Europeo y a la caída del precio del petróleo.
Esta noticia, indudablemente buena, debe ser recibida con prudencia, pues, al referirse al objetivo de reducción del déficit público, aunque España cumplirá holgadamente en 2014 la recomendación del Consejo Europeo de junio de 2013 (5,6% frente al 5,8%) la CE prevé un incumplimiento del objetivo de 2015 (se quedará en el 4,5%, en lugar del 4,2%) y de 2016 (3,7% frente al 2,8% comprometido). Es decir, una desviación de 9.000 millones en 2016 (0,9% del PIB) sin tener en cuenta las ayudas a la banca. Además, alerta, entre otros, del riesgo de "los pasivos contingentes en el sector de autopistas" (en referencia a las autopistas de peaje con problemas económicos).
¿Por qué considera la CE que el problema de las autopistas en concurso amenaza el objetivo de déficit? Porque su liquidación, en el escenario menos lesivo y optimista para la Administración, supondría un incremento adicional del déficit público. Recordemos que las autopistas de peaje no son de propiedad privada sino de titularidad pública, y que la inviabilidad y quiebra de las concesiones obliga por Ley al Estado a pagar la obra realizada. Es lo que se denomina Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública (RPA), cuyo importe, según los datos oficiales, superaría los 4.000 millones (0,4% del PIB). Ello situaría el déficit de 2016 en el 4,1% frente al objetivo del 2,8% comprometido, lo que podría llevarnos a la necesidad de nuevos ajustes y a un endurecimiento de las condiciones de financiación.
¿Existe una alternativa a esta situación? Indudablemente sí. La Administración, a través de una sociedad pública, adquiriría la titularidad de las concesiones, sin realizar pago ni comprometer garantía alguna a los acreedores. Ello a cambio de la aceptación de una quita del 50% en la deuda total, que supone unas pérdidas de 2.000 millones para los acreedores financieros (bancos) y de 240 millones para los acreedores comerciales (constructores), y la pérdida por parte de los accionistas de todo el capital desembolsado (1.760 millones). Con ello, los acreedores asumen unas pérdidas totales de 4.000 millones, recuperando la deuda resultante tras la quita, exclusivamente, con los ingresos de peaje futuros de la nueva sociedad durante el plazo de 30 años.
¿En qué punto de discusión se encuentra la alternativa de la sociedad pública? La quita del 50% y la pérdida del capital desembolsado por los accionistas (4.000 millones) ya fueron aceptadas en su momento por todas las partes, siempre y cuando la operación no implique quitas adicionales en la reestructuración de la deuda financiera, haciendo posible la monetización de la deuda comercial restante, y se reintegren los importes de expropiaciones anticipados por las sociedades, cuyo pago, según los tribunales, corresponde al Estado.
¿Qué impide a todas las partes alcanzar una solución? El límite máximo del tipo de interés para el pago de la deuda aplazada ha sido fijado por el Gobierno en el 1%, lo que impide su reestructuración e implica una quita real efectiva cercana al 80%. Para que no se produzca esta quita adicional en el pago de la deuda aplazada, se requiere un tipo mínimo equivalente al del Tesoro español a 30 años (actualmente inferior al 3%). Lo relevante del límite máximo a considerar en el tipo de interés, que no implica pago y garantía alguna del Estado, es que cumpla los requisitos de la norma SEC 2010 para garantizar la no consolidación en las cuentas públicas del Estado de la sociedad pública. Requisitos que no se verían comprometidos con la aplicación del tipo del Tesoro a 30 años que demandan los acreedores.
El pasado 26 de octubre, en un artículo publicado en MERCADOS, concluíamos que desde la perspectiva del coste para el contribuyente, la solución alternativa a la liquidación de las autopistas es sin duda la más beneficiosa para el interés público, y lejos de constituir un mal llamado "rescate de las autopistas", constituye un ejercicio de responsabilidad por parte del Gobierno. Debemos seguir confiando en el desempeño de tal ejercicio como mejor alternativa a la liquidación y resolución judicial del problema, y no poner en riesgo el objetivo de reducción del déficit público.

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