Brissa, concesionaria de las autopistas y autovías de Portugal, ha enviado reclamaciones a multitud de conductores españoles por presuntos peajes dejados de abonar en los últimos años, acompañándolos de un recargo económico en concepto de gestión y gastos administrativos que en la mayoría de casos supone un incremento de hasta el 5000% sobre los peajes no abonados.
De este modo, a un conductor al que se le exige una deuda por impago de peajes por un importe de sólo 4,42 euros, la concesionaria está reclamando una deuda total de 211,42 euros, esto es, una penalización 48 veces superior al importe del peaje.
En otro caso, a una gran empresa de transporte que presuntamente adeuda 1.034,28 euros en concepto de peaje, se le está exigiendo una penalización por importe de 21.583,53 euros.
Según las comprobaciones realizadas por Fenadismer en relación a las reclamaciones remitidas a los conductores y transportistas españoles, las mismas adolecen de importantes defectos y errores, lo que hace aconsejable no abonar la reclamación exigida sino recurrirlas administrativamente.
Así, entre los defectos detectados se encuentran los relativos a la exigencia por parte de Brissa de importes de peajes a conductores que no eran titulares del vehículo objeto del presunto impago. Dicho error es debido a que Brissa está tomando como referencia para remitir las reclamaciones la información que obtienen sobre la titularidad del vehículo en la fecha actual que consta en el Registro de la Dirección General de Tráfico, sin tener en cuenta las posibles transmisiones que dicho vehículo haya podido tener con anterioridad.
Asimismo se han detectado errores debidos a la avería o falta de lectura adecuada de la matrícula del vehículo que presuntamente no ha abonado el peaje, imputando tal falta de pago a otra empresa transportista, lo que sitúa a los transportistas en una situación de indefensión frente a las reclamaciones recibidas.
Por ello, Fenadismer, a través de sus asociaciones territoriales, ha puesto en marcha un servicio de asistencia jurídica para atender todas las reclamaciones que reciben los transportistas españoles por parte de la concesionaria lusa de autopistas para, de este modo, proceder a la paralización del expediente de reclamación de los peajes impagados e impedir la posible inmovilización de los vehículos al circular por las carreteras lusas.
El martes 15 de octubre de 2013 finalizó el período transitorio para que todos los transportes que se realizaban con origen y destino en Portugal, ya fuesen realizados por transportistas portugueses o extranjeros en régimen de cabotaje (por tanto españoles), fuesen amparados por un documento de control, el cual debía ser previamente validado por la Autoridad Tributaria lusa.
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