Los dueños de la autopista AP-41 Madrid-Toledo lograban una victoria, eso sí parcial, en el pleito que les enfrentaba contra el Ministerio de Fomento por las pérdidas que les provocaba el incumplimiento del contrato que regula su concesión.
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo les dio la razón, de forma parcial y sin llegar a fijar la cantidad para recuperar el «reequilibrio financiero». Los demandantes pedían 420 millones de euros para lograr este equilibrio y ahora el Estado reconoce un pago de casi tres millones de euros en su Proyecto de Presupuestos Generales para el próximo ejercicio.
La demanda fue presentada en mayo de 2010 por la adjudicataria de la AP-41, Concesionaria Española de Autopistas en la que están agrupadas las constructoras Isolux-Corsan, Comsa, Azvi, Sando y el banco portugués Espírito Santo. El tribunal reconoció los motivos que tenían los adjudicatarios de reclamar un «reequilibrio financiero» por los daños que les causó la no prolongación de la autopista hasta Ciudad Real y Córdoba. Pero no hizo lo mismo con el otro motivo de la demanda, la construcción por la Comunidad de Madrid de una autovía paralela a su vía entre Fuenlabrada y Griñón, que les resta clientela. La concesionaria calculaba el daño que les causaba la competencia en 320 millones del total de 420 que estimaban que precisaban para equilibrar los costes de la infraestructura. O sea, la cuantificación del daño que los gestores de la AP-41 achacan a las administraciones se ve reducida a una cuarta parte por el Tribunal, 100 millones.
El Supremo «reconocía el derecho de la recurrente a que se restablezca el equilibrio económico y financiero de su concesión», ya que tras la negativa del Ministerio de Medio Ambiente a dar una Declaración de Impacto Ambiental favorable al corredor Toledo-Ciudad Real-Córdoba es «evidente la falta de funcionalidad de la AP-41 para comunicar por autopista Madrid y Andalucía», lo que se traduce en una «merma del tráfico y de los ingresos» de la concesionaria.
En la misma sentencia, se condiciona su cumplimiento a una negociación entre el Estado y la concesionaria sobre cómo debe compensársela. Así, se descartaba usar las estimaciones presentadas por la parte demandante de la merma que les supone la no prolongación a Andalucía porque se basan en la vida útil de la concesión y ésta todavía está en sus primeros años de funcionamiento.
Por ello, sólo se obligaba a Fomento a iniciar un expediente para calcular el monto de las pérdidas que supone para los gestores y asciende a 2.987.000 euros.
La Tribuna de Toledo.es 01/10/2013
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo les dio la razón, de forma parcial y sin llegar a fijar la cantidad para recuperar el «reequilibrio financiero». Los demandantes pedían 420 millones de euros para lograr este equilibrio y ahora el Estado reconoce un pago de casi tres millones de euros en su Proyecto de Presupuestos Generales para el próximo ejercicio.
La demanda fue presentada en mayo de 2010 por la adjudicataria de la AP-41, Concesionaria Española de Autopistas en la que están agrupadas las constructoras Isolux-Corsan, Comsa, Azvi, Sando y el banco portugués Espírito Santo. El tribunal reconoció los motivos que tenían los adjudicatarios de reclamar un «reequilibrio financiero» por los daños que les causó la no prolongación de la autopista hasta Ciudad Real y Córdoba. Pero no hizo lo mismo con el otro motivo de la demanda, la construcción por la Comunidad de Madrid de una autovía paralela a su vía entre Fuenlabrada y Griñón, que les resta clientela. La concesionaria calculaba el daño que les causaba la competencia en 320 millones del total de 420 que estimaban que precisaban para equilibrar los costes de la infraestructura. O sea, la cuantificación del daño que los gestores de la AP-41 achacan a las administraciones se ve reducida a una cuarta parte por el Tribunal, 100 millones.
El Supremo «reconocía el derecho de la recurrente a que se restablezca el equilibrio económico y financiero de su concesión», ya que tras la negativa del Ministerio de Medio Ambiente a dar una Declaración de Impacto Ambiental favorable al corredor Toledo-Ciudad Real-Córdoba es «evidente la falta de funcionalidad de la AP-41 para comunicar por autopista Madrid y Andalucía», lo que se traduce en una «merma del tráfico y de los ingresos» de la concesionaria.
En la misma sentencia, se condiciona su cumplimiento a una negociación entre el Estado y la concesionaria sobre cómo debe compensársela. Así, se descartaba usar las estimaciones presentadas por la parte demandante de la merma que les supone la no prolongación a Andalucía porque se basan en la vida útil de la concesión y ésta todavía está en sus primeros años de funcionamiento.
Por ello, sólo se obligaba a Fomento a iniciar un expediente para calcular el monto de las pérdidas que supone para los gestores y asciende a 2.987.000 euros.
La Tribuna de Toledo.es 01/10/2013
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