Un vehículo se aproxima al punto de peaje de Las Pedrizas. |
La empresa concesionaria de la autopista de peaje de Las Pedrizas recibió a finales del pasado mes de noviembre el aval de la Audiencia Nacional en la reclamación que mantiene ante el Gobierno central, al objeto de ser compensada con 8,5 millones de euros con el fin de equilibrar su situación económica por el acusado descenso del tráfico y por el incremento de los costes de expropiación de los suelos.
En este sentido se pronuncia la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, estimando parcialmente el recurso presentado por la mercantil contra la resolución adoptada el 8 de abril de por el secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento en el sentido de no consignar "ninguna cantidad ni otorgamiento de ningún préstamo participativo en relación con el ejercicio de 2014 al no existir partida presupuestaria para ello". Al tiempo, la decisión judicial, a la que tuvo acceso este periódico, declara el derecho de la concesionaria de la vía a que la Administración general "abra, tramite y resuelva el procedimiento adecuado, a fin de fijar, anualmente, el saldo de la cuenta".
Conforme al procedimiento, que contó con un voto particular contrario a la estimación del recurso, la Audiencia admite su incapacidad para "condenar al pago de cantidad alguna" o de establecer otras medidas paliativas, al entender que los límites presupuestarios "operan a modo de barrera infranqueable", pero sí considera propio del recurso que la Sala "pueda dar contenido a las previsiones legales, declarando el derecho que asiste a las concesionarias a fin de que la Administración, con el carácter anual que está previsto, apertura la cuenta, siga con el procedimiento previsto para ello y fije el saldo de la misma".
El mecanismo al que se agarra la concesionaria de Las Pedrizas fue articulado por el propio Gobierno en la Ley de Presupuestos del Estado para 2010. En la misma, se habla de la fijación de "medidas que permitan reequilibrar el modelo concesional" tras admitir la existencia de valoraciones de expropiaciones de suelo "muy por encima de las estimaciones que sirvieron de base al contrato de concesión". A esto se añade el efecto adverso que la crisis económica ha tenido sobre el tráfico de las vías de pago, poniendo "en riesgo la viabilidad de la colaboración privada en su financiación". En el caso de la autopista de Las Pedrizas, las previsiones de la firma apuntaban a una intensidad media diaria de unos 15.000 vehículos, muy lejos del uso real desde la apertura de la misma a finales de 2011. Incluso, ahora, con una apreciable mejora en el tránsito, la cifra está por debajo. A modo de ejemplo sirva que noviembre cerró con 10.558 vehículos.
Para contrarrestar esta situación, el Gobierno abrió la puerta a la concesión de préstamos participativos para costear las expropiaciones de suelo, al tiempo que incluyó una cuenta de compensación y abono a favor de las concesionarias. Así, durante un periodo de tres años, la sociedad concesionaria "consignará la diferencia entre los ingresos de peaje que se hubieran producido de haberse alcanzada el 80% del tráfico previsto en el plan económico financiero presentado en la oferta de licitación y los ingresos de peaje derivados del tráfico real".
Si bien es cierto que en este mismo texto se precisa que ello estará sujeto "a las disponibilidades presupuestarias fijadas cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado", argumento al que se agarra la Abogacía del Estado, la Sala discrepa. "Entender que el mero hecho de que las leyes de presupuestos no incluyan una partida para los conceptos cuenta de compensación y préstamo participativo puede dejar sin efecto la medida de compensación establecida en la norma legal, es tanto como admitir la derogación o suspensión de vigencia tácita de dicha norma, impidiendo un derecho que como tal se reconoce a las concesionarias", apostilla.
Frente a la tesis general de la Sala, uno de los magistrados emite un voto particular, al entender que el derecho que se reconoce a las concesionarias es "condicionado, en cuanto subordinado a las previsiones presupuestarias, limitación clara, inequívoca...".
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