El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso que Autopista de la Costa Cálida, Concesionaria Española de Autopistas, S.A. presentó contra la sentencia de la Audiencia Nacional que rechazó su demanda, en la que reclamó 133 millones de euros al Ministerio de Fomento por sobrecostes en las obras de la autopista Cartagena-Vera.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que la demanda presentó esta reclamación al señalar que había tenido que hacer frente a esos sobrecostes como consecuencia de los retrasos de las obras por causas no imputables a ella.
Asimismo, señaló que el ritmo previsto de la construcción se había visto afectado también por reformar introducidas en la misma y por la petición hecha por la Comunidad Autónoma de Murcia para la protección de unos restos arqueológicos de época romana aparecidos en la Finca Petén.
La demanda señalaba asimismo que los retrasos producidos por decisiones unilaterales de la administración pública había supuesto asimismo un incremento de precios de los recursos materiales, como energía y acero.
Frente a la reclamación hecha en primer lugar ante el Ministerio de Fomento, este departamento emitió un informe en el que se mostraba a favor del reconocimiento de la suma de 2,5 millones de euros.
El documento indicaba que ese dinero "no debía ser abonado hasta que la sociedad concesionaria haya cumplido en su totalidad con su obligación contractual y haya redactado los proyectos constructivos y terminada la construcción de las dos áreas de servicios que faltan en la autopista".
El Tribunal Supremo, como hizo antes la Audiencia Nacional, ha desestimado el recurso exponiendo, entre otras razones, que el pliego de cláusulas administrativas particulares establecía que "en ningún caso, y atendiendo a las peculiares características de este contrato de concesión, procederá una revisión de precios de las obras".
El Alto Tribunal ha condenado en costas a la recurrente, aunque limita a 6.000 euros la cifra que puede reclamar el abogado del Estado en concepto de honorarios.
ABC.es 08/05/2013
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que la demanda presentó esta reclamación al señalar que había tenido que hacer frente a esos sobrecostes como consecuencia de los retrasos de las obras por causas no imputables a ella.
Asimismo, señaló que el ritmo previsto de la construcción se había visto afectado también por reformar introducidas en la misma y por la petición hecha por la Comunidad Autónoma de Murcia para la protección de unos restos arqueológicos de época romana aparecidos en la Finca Petén.
La demanda señalaba asimismo que los retrasos producidos por decisiones unilaterales de la administración pública había supuesto asimismo un incremento de precios de los recursos materiales, como energía y acero.
Frente a la reclamación hecha en primer lugar ante el Ministerio de Fomento, este departamento emitió un informe en el que se mostraba a favor del reconocimiento de la suma de 2,5 millones de euros.
El documento indicaba que ese dinero "no debía ser abonado hasta que la sociedad concesionaria haya cumplido en su totalidad con su obligación contractual y haya redactado los proyectos constructivos y terminada la construcción de las dos áreas de servicios que faltan en la autopista".
El Tribunal Supremo, como hizo antes la Audiencia Nacional, ha desestimado el recurso exponiendo, entre otras razones, que el pliego de cláusulas administrativas particulares establecía que "en ningún caso, y atendiendo a las peculiares características de este contrato de concesión, procederá una revisión de precios de las obras".
El Alto Tribunal ha condenado en costas a la recurrente, aunque limita a 6.000 euros la cifra que puede reclamar el abogado del Estado en concepto de honorarios.
ABC.es 08/05/2013
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