La sala tercera del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos que Henarsa, concesionaria de la autopista radial de Madrid R-2, y Autopista Madrid Sur Concesionaria Española, concesionaria de la R-4, habían interpuesto por la denegación por parte del Gobierno de varios préstamos participativos por el sobrecoste de las expropiaciones entre 2011 y 2013.
En sus recursos, ambas empresas basaban su petición de préstamos participativos en una disposición adicional a la Ley de Presupuestos Generales del Estado que reconoce a las concesionarias de una serie de autopistas, entre las que se incluyen las suyas, un derecho al reequilibrio financiero de la concesión derivado de la ruptura de la economía del contrato producida por un sobrecoste de las expropiaciones.
La decisión del Supremo se basa en que esta disposición no prevé que empresas concesionarias en situación de concurso puedan ser beneficiarias de uno de estos créditos participativos.
Henarsa reclamaba que la Administración fuese condenada a abonarle dichos préstamos por un total de 97,8 millones de euros más intereses, según se especifica en la sentencia.
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