La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por la empresa Autopista de la Costa Cálida contra la valoración de unos terrenos expropiados para la construcción de la autopista de peaje Cartagena-Vera.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que mientras el Jurado de Expropiación Forzosa valoró la finca en 85.000 euros, la citada empresa la tasaba en poco más de 49.000 euros.
Señala la Sala que el Jurado de Expropiación Forzosa utilizó para fijar el justiprecio el método de capitalización de rentas, y añade que los acuerdos de este órgano tienen presunción de veracidad frente a los que no caben alegaciones basadas en precios oficiales aptos para otros menesteres o la prueba pericial privada.
El tribunal comenta igualmente que "los convenios de adquisición privada no pueden imponerse como módulo general, pues no pueden imponerse a terceros, al ser un claro ejemplo de la autonomía de la voluntad privada".
ABC.es 08/07/2014
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que mientras el Jurado de Expropiación Forzosa valoró la finca en 85.000 euros, la citada empresa la tasaba en poco más de 49.000 euros.
Señala la Sala que el Jurado de Expropiación Forzosa utilizó para fijar el justiprecio el método de capitalización de rentas, y añade que los acuerdos de este órgano tienen presunción de veracidad frente a los que no caben alegaciones basadas en precios oficiales aptos para otros menesteres o la prueba pericial privada.
El tribunal comenta igualmente que "los convenios de adquisición privada no pueden imponerse como módulo general, pues no pueden imponerse a terceros, al ser un claro ejemplo de la autonomía de la voluntad privada".
ABC.es 08/07/2014
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