Ferrovial ejecutó obras en las autopistas Radial 4 y AP-36 (Ocaña-La Roda) solicitadas por Fomento –y certificadas– por casi 100 millones, pero aún no las ha cobrado. Es uno de los acreedores de dos de las autopistas en concurso y en riesgo de liquidación, como lo es FCC de las radiales 3 y 5, con otros 99 millones, o Sacyr de estas dos mismas autopistas con una cifra que va de 35 a 40 millones. ACS es otra de las afectadas por el impago de obras en autopistas en suspensión de pagos, con cerca de 100 millones, según las fuentes consultadas. El grupo ha preferido no hacer comentarios sobre la cifra.
Todas estas cantidades pendientes están provisionadas pero las constructoras tenían esperanzas de revertirlas si se aprueba el plan de rescate de autopistas que, según las propias empresas, pierde visos de salir adelante.
La aprobación el pasado viernes del Real Decreto-Ley 1/2014 de reforma en materia de infraestructuras y transporte permite a Fomento subrogarse en el crédito de los expropiados por las autopistas cuando las concesionarias no pueden afrontar los pagos del suelo por insolvencia. De este modo, el Ministerio que dirige Ana Pastor elude el doble pago de los justiprecios: a los dueños del suelo por mandato de los tribunales (ya hay sentencias del Supremo y resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y de Castilla La Mancha) y a las propias concesionarias en virtud de la RPA.
Al tiempo que el Gobierno se pone en el lugar del expropiado en los concursos de las concesionarias, reduce la RPA (que debe repartirse entre los acreedores en caso de liquidación) en la cantidad a pagar por los terrenos.
Expertos en derecho Concursal, Mercantil y Derecho Público de Clifford Chance –Íñigo Villoria, José María Fernández-Daza y José Luis Zamarro– valoran que la Administración “se adelanta a otros acreedores a la hora de recuperar los importes satisfechos por justiprecios”. Entre los perjudicados están titulares de créditos ordinarios como los bancos y los acreedores comerciales.
Alberto Campo, del despacho Hernández y Echeverría, resalta que los tribunales han reconocido el acceso de los expropiados al justiprecio como un derecho constitucional que no puede verse afectado por los concursos de las concesionarias: “Los expropiados quedan fuera de los concursos y de la liquidación de activos de la concesionaria, cobrando primero y por el 100% de sus créditos”.
En lo que se refiere a la deuda con las constructoras, esta se considera subordinada y es la última en pagarse. Un recorte drástico en la RPA supondría máximas dificultades para que Ferrovial, FCC, ACS y demás recuperen los 500 millones que se les adeudan. Por contra, el plan de rescate que apadrina Fomento, para evitar la liquidación de las concesionarias, contemplaba el pago por obras imprevistas en los cinco primeros años de operación de la tan debatida Empresa Nacional de Autopistas.
La Responsabilidad Patrimonial de la Administración, derecho de cobro de las concesionarias en caso de liquidación, supera los 4.000 millones entre la decena de autopistas en riesgo. Distintas fuentes señalan que las expropiaciones por pagar están entre los 1.000 y los 1.200 millones de euros.
Además, en el sector concesional se esperan nuevos tijeretazos a la RPA en función de los créditos participativos prestados por el Gobierno para responder ante los propietarios del suelo y las cuentas de compensación que facilitaron ingresos para paliar la inesperada caída de tráfico que ha sobrevenido con la crisis. Al respecto, los abogados de Clifford Chance interpretan que el Estado no puede restar a la RPA los créditos participativos con que ha financiado pagos realmente realizados por las concesionarias.
Estos expertos de Clifford firman una nota en la que sostienen que la nueva norma con rango de Ley “altera el régimen jurídico de la concesión y afecta a derechos adquiridos por la concesionaria y por terceros de manera retroactiva. Esta actuación del legislador parece descartar la posibilidad de una negociación entre las partes afectadas, que se había venido debatiendo desde hace meses, como medio para dar viabilidad a las concesionarias en situación de concurso”.
El Tribunal Supremo tumbó el 17 de diciembre un recurso de casación en interés de la Ley presentado por la Abogacía del Estado ante las sentencias que obligan a Fomento a pagar el justiprecio por expropiaciones de suelo cuando una concesionaria se declara insolvente.
Este hecho, a juicio de José Manuel Serrano Alberca, abogado experto en Derecho urbanístico y expropiatorio, ha movido a la aprobación del Real Decreto-Ley que el pasado viernes modificó el artículo 17 de la Ley de autopistas y el 271 de la Ley de Contratos del Sector Público. “El Gobierno está reconociendo el derecho de cobro de los expropiados, a quienes se adeudan justiprecios en algunos casos desde hace más de diez años y que ahora acarrean intereses”, afirma el veterano abogado.
Cinco días.com 30/01/2014
La aprobación el pasado viernes del Real Decreto-Ley 1/2014 de reforma en materia de infraestructuras y transporte permite a Fomento subrogarse en el crédito de los expropiados por las autopistas cuando las concesionarias no pueden afrontar los pagos del suelo por insolvencia. De este modo, el Ministerio que dirige Ana Pastor elude el doble pago de los justiprecios: a los dueños del suelo por mandato de los tribunales (ya hay sentencias del Supremo y resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y de Castilla La Mancha) y a las propias concesionarias en virtud de la RPA.
Al tiempo que el Gobierno se pone en el lugar del expropiado en los concursos de las concesionarias, reduce la RPA (que debe repartirse entre los acreedores en caso de liquidación) en la cantidad a pagar por los terrenos.
Expertos en derecho Concursal, Mercantil y Derecho Público de Clifford Chance –Íñigo Villoria, José María Fernández-Daza y José Luis Zamarro– valoran que la Administración “se adelanta a otros acreedores a la hora de recuperar los importes satisfechos por justiprecios”. Entre los perjudicados están titulares de créditos ordinarios como los bancos y los acreedores comerciales.
Alberto Campo, del despacho Hernández y Echeverría, resalta que los tribunales han reconocido el acceso de los expropiados al justiprecio como un derecho constitucional que no puede verse afectado por los concursos de las concesionarias: “Los expropiados quedan fuera de los concursos y de la liquidación de activos de la concesionaria, cobrando primero y por el 100% de sus créditos”.
En lo que se refiere a la deuda con las constructoras, esta se considera subordinada y es la última en pagarse. Un recorte drástico en la RPA supondría máximas dificultades para que Ferrovial, FCC, ACS y demás recuperen los 500 millones que se les adeudan. Por contra, el plan de rescate que apadrina Fomento, para evitar la liquidación de las concesionarias, contemplaba el pago por obras imprevistas en los cinco primeros años de operación de la tan debatida Empresa Nacional de Autopistas.
La Responsabilidad Patrimonial de la Administración, derecho de cobro de las concesionarias en caso de liquidación, supera los 4.000 millones entre la decena de autopistas en riesgo. Distintas fuentes señalan que las expropiaciones por pagar están entre los 1.000 y los 1.200 millones de euros.
Además, en el sector concesional se esperan nuevos tijeretazos a la RPA en función de los créditos participativos prestados por el Gobierno para responder ante los propietarios del suelo y las cuentas de compensación que facilitaron ingresos para paliar la inesperada caída de tráfico que ha sobrevenido con la crisis. Al respecto, los abogados de Clifford Chance interpretan que el Estado no puede restar a la RPA los créditos participativos con que ha financiado pagos realmente realizados por las concesionarias.
Estos expertos de Clifford firman una nota en la que sostienen que la nueva norma con rango de Ley “altera el régimen jurídico de la concesión y afecta a derechos adquiridos por la concesionaria y por terceros de manera retroactiva. Esta actuación del legislador parece descartar la posibilidad de una negociación entre las partes afectadas, que se había venido debatiendo desde hace meses, como medio para dar viabilidad a las concesionarias en situación de concurso”.
El Tribunal Supremo tumbó el 17 de diciembre un recurso de casación en interés de la Ley presentado por la Abogacía del Estado ante las sentencias que obligan a Fomento a pagar el justiprecio por expropiaciones de suelo cuando una concesionaria se declara insolvente.
Este hecho, a juicio de José Manuel Serrano Alberca, abogado experto en Derecho urbanístico y expropiatorio, ha movido a la aprobación del Real Decreto-Ley que el pasado viernes modificó el artículo 17 de la Ley de autopistas y el 271 de la Ley de Contratos del Sector Público. “El Gobierno está reconociendo el derecho de cobro de los expropiados, a quienes se adeudan justiprecios en algunos casos desde hace más de diez años y que ahora acarrean intereses”, afirma el veterano abogado.
Cinco días.com 30/01/2014
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