sábado, 7 de marzo de 2015

Peajes obligatorios para camioneros, ¿qué persigue Fomento?


El Gobierno que actualmente rige los destinos de nuestro país está empeñado en acabar de manera definitiva con el sector del transporte de mercancías por carretera en general y en particular con sus más de 55.000 pequeñas empresas y autónomos en España. Para ello no duda en adoptar todas aquellas medidas que supongan un encarecimiento de los costes de las mismas o la desaparición de una buena parte su patrimonio, ya sea a través de medidas fiscales que suponen un aumento de los impuestos que soportan, de medidas ordenadoras del sector que las despatrimonializa o de medidas disfrazadas de seguridad vial que en realidad suponen poner a disposición de unos pocos un buen puñado de millones de euros de manera unilateral, a modo de incautación de los patrimonios de las empresas transportistas. 

Los argumentos que se aducen para establecer con carácter general el uso obligatorio de las vías de peaje en ciertos tramos de la red viaria, eso sí, en un acto de magnanimidad, con una reducción del 50% en el importe de los mismos, son como mínimo discutibles y en cualquier caso carentes de respeto hacia la profesionalidad de un sector que es puesto ante la opinión pública como un factor de riesgo insoportable y unos pésimos administradores de sus negocios. Las tesis en que se apoya el Ministerio de Fomento para justificar su medida son dos: 
  • La mejora de la seguridad vial. 
  • Ahorro económico para el sector.


Analicemos si son sostenibles: 

1.- Seguridad vial. No es cierto que los camiones tengan una especial siniestralidad en las carreteras convencionales, entendidos estos los vehículos de más de 3,5 toneladas de MMA y, cuanto más nos elevemos en sus masas y dimensiones, más desciende el porcentaje de siniestralidad. Este tipo de vehículos está dotado de limitador y aparato de control, por lo tanto no queda sólo a discreción de su conductor el poder desplazarse a velocidades elevadas. 

Por otra parte el conductor profesional está acostumbrado a conducir en diferentes vías, por lo tanto el periodo de adaptación de una vía con dos carriles de circulación para cada sentido de la marcha a una carretera convencional es prácticamente inexistente. Dicho periodo de adaptación por parte del conductor de un turismo, poco habituado a conducir por vías convencionales, sin limitador de velocidad y acostumbrado básicamente a conducir por la ciudad, es mucho más problemático y suele ser fuente de un porcentaje mucho mayor de los siniestros que se producen en dichas vías, por lo tanto, desde la perspectiva de la seguridad y de la tasa de siniestralidad de los diferentes usuarios de la vía serían los conductores de turismos los que imperativamente deberían de ser obligados a circular preferentemente por las vías de peaje, ¿tendría esto sentido? 

Podría suceder entonces, si las estadísticas no dan una especial tasa de accidentalidad de los camiones, que lo que pretenda Fomento es, en un exceso de paternalismo, salvaguardar nuestra propia seguridad al considerar que los profesionales de la carretera adoptamos de una manera casi suicida conductas que ponen en riesgo nuestra propia integridad al decidir desplazarnos con nuestros vehículos por unas vías plagadas de conductores de turismos no habituados ni con las habilidades suficientes para conducir por vías convencionales, ¿tendría esto sentido? 

¿A quién pretende criminalizar Fomento?, ¿a los conductores de turismos?, ¿a los conductores de camión?, ¿a las empresas transportistas? La carretera es un espacio compartido por un universo de usuarios de lo más variopinto en cuanto a las últimas motivaciones por las que dichos usuarios se lanzan a la misma. Sin duda los transportistas lo hacen impelidos por la necesidad, es su profesión, por lo tanto pretender que arriesgan sus vidas o patrimonio de manera inconsciente, adoptando la decisión de circular por una vía determinada es, como mínimo, insultante, ya que se pone en tela de juicio la profesionalidad de los conductores, de los empresarios y de los que a su vez son lo uno y lo otro, a no ser, claro está, que lo que se pretenda disfrazar de seguridad vial tenga otros fines más relacionados con el negocio de algunos que con la seguridad de otros. 

Si se va a alegar la seguridad vial, la medida debe de ser voluntaria y graduada, es decir, sometida a la discreción del conductor o su empresa de manera general, y graduada cuando circunstancias relacionadas con la estacionalidad, periodos vacacionales u otras aconsejen alguna restricción temporal. En cuanto a la asunción de algún coste por parte del transportista está claro que si de manera obligatoria los camiones han de circular por un determinado tipo de vías, por las que es necesario pagar, y se alega una motivación social para ello, lo razonable es que sea la sociedad en su conjunto quién asuma dicho coste ya que sino se haría recaer, sobre una parte de la población, el coste de la seguridad del conjunto de la misma. No se trata de diferenciar entre turismos y camiones, en los dos medios viajan personas, personas que tienen los mismos derechos y que no se pueden vulnerar, es decir, un derecho como es el derecho a la vida y a la integridad física no puede suponer que, con carácter general, para que se pueda ejercer por unos de manara gratuita otros se vean gravados por ello. 

2.- Ahorro económico. La velocidad es un factor determinante del consumo, junto con la masa efectiva que un vehículo arrastre en un momento determinado. Los límites de velocidad en autovías y autopistas son, con carácter general para los camiones, a 90 km/h. en vías convencionales varía, en función de las características de la misma, entre 70 km/h y 80 km/h, por lo tanto 10 km hora de margen de velocidad suponen, con la misma orografía, entre 2 a 4 litros por cada 100 kilómetros en contra del vehículo que lo hace más deprisa. 

Pongamos el caso de dos camiones que se desplazan entre Adanero y San Rafael, uno de ellos por la N-6 y otro por la AP6, probablemente vayan realizando un consumo similar o menor el que lo hace por la N6 que el que lo hace por la AP6, y no será hasta que inicie la subida del Puerto de los Leones cuando las diferencias de consumo se incrementen en contra del vehículo que lo haga por dicho puerto, lo que sucede es que el tramo es tan corto (3 kilómetros) que a lo sumo estamos hablando de 2 o 3 litros. El tramo, en total, desde Adanero hasta el cruce de las dos vías, tiene unos 70 km y supone 27,88 euros de peaje, o lo que es lo mismo, lo que cuestan 25 litros de gasoil. Esto quiere decir que para poder amortizar el coste de autopista, si el camión que circula par la AP 6 gasta unos 29 litros (42 litros/100), el camión que circula por la N6 debería de haber gastado 54 litros para dicho tramo (71,4 litros/100). Cualquiera que entienda de camiones sabe que las diferencias para ese tramo o no existen o son, a lo sumo, de 3 o 4 litros, por lo tanto el coste en combustible que asume el transportista por circular por la N6 puede suponer entre 0 y 5 euros, el resto, hasta 27,88 euros es sobrecoste. A día de hoy, recordemos que de manera voluntaria, supone entre 22 a 28 euros por trayecto de sobrecoste circular por la AP 6, con la medida prevista, reducción de un 50% en el peaje pero obligatoriedad de circular por la N6, supondría de todas maneras entre 11 y 14 euros para cada sentido. 

Antes de continuar un pequeño apunte, el desgaste de neumáticos aumenta de manera proporcional a la velocidad, por lo tanto una parte del teórico ahorro en combustible se verá en cualquier caso penalizado por un desgaste mayor de los neumáticos. 

En cifras, la medida que pretende implementar Fomento supondrá para un transportista castellanoleonés que realice un viaje diario de ida y vuelta a Madrid alrededor de 27,88 euros diarios de sobrecoste, una vez entre en vigor la medida propuesta, mensualmente supondrá unos 613,32 euros yanualmente asumirá alrededor de 6.743 euros de sobrecoste por vehículo

El Ministerio de Fomento hace trampa y dice que los transportistas ahorrarán con la medida propuesta, pero plantea las cosas de manera parcial, claro está, si hoy en día un transportista decide utilizar de manera regular dicho tramo de la AP 6 le supone un sobrecoste de 13.500 euros/año, si al final se rebaja a la mitad como consecuencia de la bonificación prevista, parecería un negocio redondo para los transportistas. Ahora, si tomamos como base la situación actual, libertad de elección como norma general, la realidad es que Fomento nos va a obligar a asumir un sobrecoste de 6.743 euros por camión que multiplicados por los miles de camiones que seguramente hacen cada día esa ruta darán como resultado u buen pico para las arcas de alguno. Quien suscribe no tiene datos sobre la intensidad de tráfico en dicha vía, pero si la estimamos en 1.500 camiones diarios, unos ocho o nueve millones de euros serían incautados a los transportistas para ser entregados a los titulares de las concesionarias y otros ocho o nueve millones sería la aportación que Fomento haría para compensar a las concesionarias por las bajadas en los precios de los peajes. Al final la empresa titular de esa concesión se va encontrar con un regalo de 18.000.000 de euros al año. 

Para finalizar alguien podría alegar el ahorro económico derivado de una inversión menor de tiempo para realizar dicho recorrido, esta es una cuestión mucho más subjetiva ya que sería necesario tener en cuenta otras variables y, en cualquier caso, habría que contraponerla con la necesaria asunción de otros costes derivados de los usos de unos servicios tales como grúa, gasoil, restauración, Hotel que seguramente van a suponer un sobrecoste mayor que el teórico ahorro derivado de una duración menor del tiempo de viaje (15 minutos). No hay que olvidarse que las autopistas son caras, no sólo por el peaje, sino también porque los servicios que ponen a disposición de los ciudadanos lo son. Imaginémonos cuando caigan en la cuenta que unos cuantos miles de ciudadanos de manera obligatoria y con carácter general, van a verse compelidos a usar sus servicios sin que se les dé opción alguna. Por otra parte, ¿Qué va a suceder con todos los negocios que viven directamente del consuno que diariamente realizamos los transportistas? ¿Cabe semejante despropósito? 

No se puede decretar, con carácter general, la imposición de determinadas conductas que vulneran los principios más básicos de los Derechos ciudadanos. No se puede, para defender los derechos de unos, vulnerar de manera grave los derechos de los otros, en tanto en cuanto que ciudadanos las vías públicas nos pertenecen a todos y a todos nos debe de ser facilitado el acceso a las mismas. Los transportistas entendemos que puede haber circunstancias puntuales que aconsejen, con carácter temporal, ciertas restricciones y nuestro deber de ciudadanos nos debe de llevar a su comprensión y observancia, pero esas medidas no deben de ser adoptadas con carácter general cuando suponen gravar con una carga económica a una parte de los ciudadanos en beneficio de otra parte de los mismos. 

Si la medida es imperativa con carácter general la gratuidad de la autopista para los perjudicados por ella no debería de ser puesta en duda. Si lo que se pretende es facilitar la interacción de los usuarios de la misma, la imperatividad no es razonable, ya que estamos hablando de derechos fundamentales (vida e integridad Física) que atañen a las personas en tanto que personas y para asegurar la defensa de los derechos de una parte de ellos, se pretende gravar a la otra parte que, no lo olvidemos, son titulares de los mismos derechos fundamentales. Por lo tanto incentivar la convivencia rebajando el coste del peaje estaría muy bien, pero habría que dejar a la voluntad del perjudicado la decisión de ir o no por la mencionada autopista, dejando la imperatividad como algo excepcional y puntual, más aun si además existen evidencias que dichas medidas gravosas pueden suponer el enriquecimiento de terceros. Al final no cabe más que concluir que lo que se pretende disfrazar de seguridad y ahorro no es más que un intento de beneficiar, a costa de unos cuantos, los intereses de unos pocos. 

La realidad que se describe en este artículo es extrapolable a cualquier otro tramo sobre los que se pretende imponer la misma obligación. ¡Por favor, señores de Fomento, les imploramos un poco de cordura! 

Carlos López Jato, en nombre de Upatrans Castilla y León, Fenatport, Uniatramc y ATA.

No hay comentarios:

Publicar un comentario